Se presenta para su habilitación ante la Unidad de Contralor Publicidad, Señalética y Comunicación de la IM; rigiéndose por la normativa departamental. Este trámite lo deben realizar todos los locales comerciales que posean elementos de publicidad, que contengan el nombre del local como el de otras marcas. Si posee marquesina, además debe estar autorizada por el Centro Comunal Zonal correspondiente. Se trata de un trámite con costo de ingreso, cuyo monto es variable dependiendo del tipo de cartelería instalada o a instalar.